Mariposa y mujer

Mariposa y mujer
es bella como una mujer pero efimera como una mariposa

domingo, 21 de febrero de 2010

PRINCIPIOS ÉTICOS


PRINCIPIOS ETICOS FUNDAMENTALES
Prof. Násere Habed López

Los principios éticos son premisas o postulados que tienen valor por sí mismos. Son verdades evidentes que corresponden a convicciones morales arraigadas de aplicación universal. Los principios éticos constituyen la base del ordenamiento moral, razón por la cual, en una u otra forma, aparecen incorporados a la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas (1948).

Los Derechos Humanos se llaman así porque corresponden a todo ser humano, por el hecho de serlo. Estos derechos, como los principios morales que les sirven de germen, son personales, imprescriptibles e inviolables, lo que evidencia que su violación es inmoral.

Son principios éticos fundamentales los siguientes:



1. El principio del bien:

Haz el bien y evita el mal, es el principio ético esencial connatural al ser humano, y el que contiene implícitamente a todos los demás principios éticos.

Bien es lo que está de acuerdo con la recta razón. Es la última perfección. Es el ideal de la vida moral. Es todo lo que contribuye al desarrollo armonioso e integral de la personalidad.

Mal es lo que va contra la naturaleza racional del ser humano, contra el orden moral. Es todo lo que nos degrada, nos destruye, nos envilece. El mal es imperfección. El mal moral es antivalor, un valor negativo.

La práctica del bien conduce a la virtud, entendiendo por virtud el hábito o disposición de la persona a practicar el bien y evitar el mal.



2. El principio de la vida:

Para los cristianos, a la luz de la fe, la vida es obra del amor de Dios. Es un don de Dios. La vida es el primero y más importante derecho del hombre. Es por lo tanto, soporte de los demás derechos humanos, por lo que es inmoral todo lo que vaya en detrimento de este derecho, siendo el más aberrante acto de inmoralidad la destrucción de la vida misma.

Se relacionan directamente con el derecho a la vida, dos obligaciones importantes; la conservación de la vida, y el desarrollo pleno de la personalidad.

A la par de que toda persona debe cuidar la vida, tiene también el deber de construirse a sí mismo, esforzarse por incrementar y actualizar sus conocimientos, desarrollar sus habilidades y destrezas, mejorar sus hábitos y actitudes y perfeccionar sus relaciones con los demás.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos dice al respecto:

“Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona”. (Art. 3).

“Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado, que le asegure, a sí como a su familia, la salud, el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios...” (Art. 25).

Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a satisfacer sus necesidades económicas, sociales y culturales indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad. (Art. 22).

“La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales...” (Art. 26).



3. El principio de la dignidad:

Toda persona tiene valor por sí misma.

Dignidad, es sinónimo de grandeza, importancia, valor, merecimiento, buena reputación. La dignidad del hombre se refiere a la importancia que tiene todo ser humano por el hecho de que es un ser humano. Conlleva el respeto que nos merece su persona, sus palabras, sus sentimientos, sus deseos, intereses y aspiraciones. El respeto a la dignidad humana es la base de la consideración y del trato educado y cortés que debemos a todas las personas.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos dice al respecto:

“Todos los seres humanos nacen... iguales en dignidad y derechos”. (Art. 1).

“Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho...a la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad (Art. 22).

“Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria que le asegure a sí, como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana...” (Art. 23).

“Nadie será objeto de ingerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales ingerencias o ataques”. (Art. 12).

4. El principio del amor:

Toda persona necesita dar y recibir amor. “Tener amor es saber soportar; es ser bondadoso; es no tener envidia, ni ser presumido, ni orgulloso, ni grosero, ni egoísta; es no enojarse ni guardar rencor; es no alegrarse de las injusticias, sino de la verdad”. (I Corintios, Cap. 13:4-6).

El amor es esencial para el desarrollo sano de la personalidad y la preservación de la salud mental. El amor que se recibe fortalece la autoestima y la seguridad que el individuo tiene en sí mismo. El amor es tan importante para el desarrollo humano como el agua para las plantas. Hay diversas categorías de amor: amor a Dios, amor a la familia, amor a la pareja, amistad, amor a los demás.

Es un principio Cristiano: “Amar a Dios sobre todas las cosas y a tu prójimo como a ti mismo”.

Dice la Declaración Universal de Derechos Humanos: “Todos los seres humanos... deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”. (Art. 1).

Por su parte, la Declaración de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas establece: “El niño para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión. Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material...” (Principio 6).



5. El principio de la igualdad:

Todos somos fundamentalmente iguales. Nadie vale más que nadie. Nadie vale más que nadie. Nadie vale menos que nadie. Podremos ser diferentes en talento, riquezas, poder, pero esencialmente somos iguales.

De acuerdo con este principio es nuestro deber ser respetuosos, cordiales, serviciales, atentos, con todos los seres humanos y no solamente con las personas ricas o importantes.

Al respecto, la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece:

“Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos...” (Art. 1).

“Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición...” (Art. 2).

“Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley...” (Art. 7).

La humanidad ha recorrido un largo camino hacia la meta de la igualdad en las relaciones humanas y en las relaciones jurídicas, con el propósito de superar los desafíos de la discriminación racial y el trato desigual a la mujer, a discapacitados, etc.



6. El principio de la libertad:

La persona por naturaleza es un ser libre y para la libertad. Es precisamente la autonomía moral la que le permite decidir, con libertad y responsabilidad entre el bien y el mal.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos señala: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia...” (Art. 1).



7. El principio de responsabilidad:

Toda persona, por el hecho de ser libre y estar dotada de razón, es responsable de sus decisiones y actos y de las consecuencias que se derivan de ellos. Si por su culpa o negligencia causa un daño tiene la obligación de repararlo.

Para que exista responsabilidad moral se requiere que se den los siguientes requisitos:

Libertad: Es decir facultad y autonomía para actuar de una manera o de otra, según su decisión.

Conciencia: Saber lo que se está haciendo, o lo que se va a hacer, y si la acción es buena o mala.

Voluntad: Desear lo que se va a hacer.

Limitan o excluyen, según el caso, la responsabilidad moral, la ignorancia sobre los deberes morales; la coacción o empleo de la fuerza, que obliga a la persona a actuar contra su voluntad; y el miedo y los trastornos psíquicos que alteran sus condiciones mentales.



8. El principio de equidad o justicia natural:

La equidad es, ante todo, una disposición interior del alma que nos inclina de un modo constante a dar a cada uno lo que le corresponde (Ulpiano). La equidad es la base de la conducta imparcial y objetiva.

En relación con este principio, la Declaración Universal de los Derechos Humanos dice:

“Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, a sí como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana...” (Art. 23).



9. El principio de solidaridad:

Se refiere a la disposición de los seres humanos a unir esfuerzos y prestarse ayuda mutua.

Todos necesitamos de los demás para atender nuestras necesidades y sobrevivir, del mismo modo que los demás necesitan de nosotros.

Sólo viviendo en comunidad podemos alcanzar nuestra calidad humana y realizarnos. Este hecho nos plantea el deber de fortalecer la vida comunitaria, trabajando por la paz, la unidad y el bien de todos.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece al respecto:

“Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.” (Art. 29).



10. Principio de la educación:

Toda persona tiene el deber y el derecho de educarse. Este principio ético es contemplado como un derecho de rango constitucional en diversos países.

Directamente conectado con este principio se encuentra el deber y el derecho a adquirir la mayor capacitación profesional posible, de acuerdo con las propias aptitudes y capacidades.

Dice al respecto la Declaración Universal de los Derechos Humanos: “Toda persona tiene derecho a la educación” (Art. 26).

Por su parte, la Declaración de Derechos del Niño de las Naciones Unidas establece: “El niño tiene derecho a recibir educación que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas fundamentales. Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita... llegar a ser un miembro útil a la sociedad” (Principio 7).

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